Resumen: 

Las personas jurídicas que pretendan actuar como agentes de seguros, en el territorio nacional, presentarán a esta Superintendencia, a través de las entidades de seguros a las que estarán vinculadas, su solicitud de licencia.

Número: 
90
Año: 
2016
Palabras Claves: 
Anotada y concordada: 
No
Normas que la modifican: 
No existen referencias de normas
Norma que la deroga: 
No existen referencias de normas