Resumen: 

Establece que las cooperativas, para ejercer o continuar ejerciendo como agentes de seguro, personas jurídicas, en el territorio nacional, presentarán a la Superintendencia, a través de la entidad de seguros a la que se vincularán o esten vinculadas mediante contrato de mandato oneroso, su solicitud de licencia, o de renovación de esta.

Número: 
S-1-12
Año: 
2012
Estado: 
Anotada y concordada: 
No
Normas que la modifican: 
No existen referencias de normas