Otorga la Medalla “FRATERNIDAD COMBATIVA”, creada por el Decreto-Ley número 30 de 10 de diciembre de 1979, a los compañeros que se relacionan en los Anexos de este Acuerdo, en reconocimiento a la actitud ejemplar mantenida y a los resultados de “BIEN” y “SOBRESALIENTE” alcanzados en las actividades de la preparación y disposición combativas, en interés de las tropas y fuerzas de su mando o unidad en los últimos tres años de instrucción