Aprueba el Procedimiento para el funcionamiento de los registros administrativos para los productores de arroz, granos y apícolas, así como para los productores y comercializadores de carbón.
Establece el procedimiento para el pago del Impuesto sobre los Ingresos Personales de los representantes de los productores agrícolas, pecuarios y avícolas en general, que acuden al Mercado Agropecuario.
Establece que todo organismo, órgano o entidad que interese adquirir, instalar o explotar casas de cultivo, túneles y multitúneles para cualquier tipo de cultivo y destino deberá obtener la autorización del Ministerio de la Agricultura.
Deroga la Resolución No. 460 de 1992 del Ministerio de Agricultura, que le daba facultades a los delegados territoriales del organismo a autorizar excepcionalmente el cambio de motores de tractores, máquinas de riego y otros equipos.