Sobre el censo de población dispone la posibilidad de contratación por tiempo determinado de personal para la realización de las labores censales, las que deben ser personas idóneas seleccionadas que se encuentren sin vínculo laboral, hasta el límite aprobado por el Presidente de la Comisión de Coordinación Nacional.
Dispone la realización de un Censo de Población y Viviendas, en todo el territorio nacional, en el período comprendido entre el 15 y el 24 de septiembre del año 2012, y establece las especificaciones para ello.