Aprueba el precio minorista, en pesos cubanos, CUP, para la comercialización en las tiendas de materiales para la construcción, de los productos que se relacionan.
Aprueba el “Clasificador de productos o grupos de productos” que se comercializan de forma minorista en el mercado interno, que facilite la interpretación de las indicaciones emitidas, la uniformidad en las informaciones solicitadas y el control que se ejerce en las entidades.
Aprueba el precio minorista de doscientos veintisiete pesos cubanos (227.00 CUP), al Ron Havana Club Profundo de 700 ml, para la venta en las entidades del comercio minorista.
Aprueba el precio minorista del producto Yeso calcinado para su comercialización en los mercados de artículos industriales y de servicios, y en las tiendas de materiales para la construcción.