Establece los requisitos higiénico-sanitarios para la emisión de licencia sanitaria en las actividades o proyectos vinculados al procesamiento o expendio de alimentos, cuidados de niños o de enfermos, personas en situación de discapacidad y ancianos.
Establece que los precios y tarifas de los productos y servicios que comercializan las cooperativas no agropecuarias se determinan por estas, según la oferta y demanda, salvo a regulación en contrario.
Establece que las personas jurídicas cubanas pueden contratar productos y servicios a los trabajadores por cuenta propia, las cooperativas no agropecuarias, y las micro, pequeñas y medianas empresas.
Aprueba el Procedimiento para la creación, fusión, escisión y extinción de las micro, pequeñas y medianas empresas y las cooperativas no agropecuarias.
Establece los principios y procedimientos generales que regulan los créditos y otros servicios bancarios para las cooperativas no agropecuarias y las micro, pequeñas y medianas empresas.
Establece que los aspirantes a socios fundadores de una cooperativa no agropecuaria o de una micro, pequeña y mediana empresa realicen las aportaciones dinerarias en pesos cubanos para su constitución.