Establece las reglas generales para la retribución a los abogados de la Organización Nacional de Bufetes Colectivos, las específicas por los servicios que prestan a personas naturales, así como las tarifas que se cobran por esos servicios.
Autoriza a la Directora General de la sociedad civil de servicios jurídicos “Bufete Internacional, S.A.” la ampliación del objeto social de dicha sociedad.
Cierra la Extensión de la Unidad Presupuestada “Notaría Especial”, con sede en el Bufete de Servicios Especializados, sito en calle J y avenida 23, El Vedado, municipio de Plaza de la Revolución, en la ciudad de La Habana.