Autoriza a las entidades que conforman la Unión de Complejos Agroindustriales del Arroz a que mediante contrato compren arroz a aquellos productores que no forman parte del sistema de producción de la Unión.
Aprueba las indicaciones y procedimientos a seguir para la contratación y comercialización de la producción agropecuaria, forestal y tabacalera para el año 2025.
Autoriza a las Unidades Básicas de Producción Cooperativa Cañeras UBPC a concurrir a los Mercados Agropecuarios, con sus producciones agrícolas, excepto la caña de azúcar.
Dispone la creación de autoconsumos y módulos pecuarios por parte de las entidades presupuestadas estatales, las empresas y las cooperativas agropecuarias del sistema de la agricultura y el Grupo Empresarial AZCUBA.