Identificador de norma: 
GOC-2001-1449-O79
Resumen: 

Establece que las entidades autorizadas para brindar Servicios Públicos de Valores Agregados de Telecomunicaciones de Datos y de Acceso a Internet, así como las Redes Privadas de Datos autorizados a operar como tal, deberán informar un conjunto de indicadores a la Agencia de Control y Supervisión del Ministerio de la Infoimática y las Camunicaciones.

Número: 
185
Año: 
2001
Palabras Claves: 
Estado: 
Anotada y concordada: 
No
Normas que la modifican: 
No existen referencias de normas