Deroga la Resolución Conjunta suscrita por el Presidente del Instituto Nacional de la Vivienda y los ministros de Justicia y del Interior en fecha 22 de agosto de 1995, sobre la ejecución de las diligencias para el cumplimiento de la Ley No. 989, de 5 de diciembre de 1961; con el fin de que cada organismo establezca lo que a cada uno compete con respecto a la disposición de la vivienda y los bienes muebles que poseen las personas que pretenden emigrar
Presentación de cartas credenciales del Excelentísimo Sr. ZDENEK KUBANEK, como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República Checa en Cuba.
Presentación de cartas credenciales del Excelentísimo Sr. FILIPO TARAKINIKINI, para el acto de presentación de sus Cartas Credenciales como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de República de Fiyi en Cuba.
Presentación de cartas credenciales del excelentísimo Sr. BHARAT RAJ PAUDYAL, como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República Democrática Federal de Nepal en Cuba.
Presentación de cartas credenciales de la Excelentísima Sra. LARA ERAB DANIEL, para el acto de presentación de sus Cartas Credenciales como Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria de la República de Nauru en Cuba.
Emplaza a la demandada, Sociedad Mercantil Italiana FLLI PIERANTOZZI S.P.A., mediante la Gaceta Oficial de la República, para que comparezca y conteste la demanda en el término de 40 días hábiles contados a partir del día siguiente al de su publicación.
Aprueba y somete a ratificación del Consejo de Estado el Acuerdo entre el Gobierno de la República de Cuba y el Gobierno de los Emiratos Árabes Unidos, sobre Promoción y Protección de Inversiones.
Presentación de cartas credenciales del Excelentísimo Sr. VITALY BORCHUK, como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República de Belarús en Cuba.
Presentación de cartas credenciales del Excelentísimo Sr. ALEKSANDAR BOGDANIC, como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República de Bosnia Herzegovina en Cuba.
Decreta Duelo Oficial desde las 6:00 a.m. del día 22 de abril, hasta las 12:00 de la noche del 24 de abril de 2025, con motivo del fallecimiento del papa Francisco.
Otorga el Título Honorífico de “Héroe del Trabajo de la República de Cuba”, a los compañeros relacionados en el Anexo Único de este Decreto Presidencial.
Otorga la Orden “Lázaro Peña”, de primer, segundo y tercer grado, a los trabajadores, dirigentes sindicales, y colectivos vanguardias, que se relacionan.
Extiende la competencia del Tribunal Municipal Popular de Jatibonico al conocimiento de los asuntos que se generen en el municipio de Taguasco, en tanto perduren las circunstancias que conllevaron a tal decisión.