Resumen: 

Los concesionarios y usuarios establecidos en la Zona Especial de Desarrollo Mariel pueden contratar directamente a personas naturales extranjeras no residentes en Cuba hasta un límite que no exceda del quince por ciento del total de sus trabajadores.

Número: 
21
Año: 
2016
Anotada y concordada: 
No
Normas que la modifican: 
No existen referencias de normas
Norma que la deroga: 
No existen referencias de normas