Resumen: 

Exime del pago de los derechos de aduana a la importación de vehículos y mercancías mediante donación con fines de desarrollo, sociales, humanistas y solidarios a determinadas entidades siempre que no tengan fines lucrativos, así como a los productos adquiridos en el extranjero, con dinero donado.

Número: 
262
Año: 
2012
Anotada y concordada: 
No
Normas que la modifican: 
No existen referencias de normas
Norma que la deroga: 
No existen referencias de normas