Establece las normas para la aplicación del Impuesto sobre la Utilización o Explotación de los Recursos Naturales y para la Protección del Medio Ambiente en lo concerniente a los cánones por la ejecución de una actividad minera y a las regalías por la explotación de recursos minerales.
Modifica los apartados 1ro y 3ro de la Resolución 23/1997, que dispone el pago en moneda nacional del Impuesto sobre Documentos relativo a los trámites migratorios y de la Tasa por la Prestación de los Servicios a Aeropuertos a Pasajeros.
Instruye que los Ministerio de las FAR y del Interior determinarán los cargos que, por estos organismos, estarán facultados para identificar las unidades presupuestadas que son serán gravadas con los impuestos sobre Ventas y Especial a Productos.
Exime del pago del Impuesto Aduanero a las personas naturales y jurídicas, por la importación que realicen de sistemas solares fotovoltaicos, sus partes y piezas fundamentales.
Dispone, la obligación de las entidades del sistema empresarial de los ministerios de las Fuerzas Armadas Revolucionarias y del Interior, de efectuar el pago de los impuestos sobre las Ventas y Especial a Productos.
Dispone el pago en moneda nacional, en lugar del pago en moneda libremente convertible, del Impuesto sobre Documentos relativo a los trámites migratorios.
Modifica la Resolución 4/1995, referida a las normas para el pago del Impuesto sobre los Ingresos Personales en moneda extranjera o pesos cubanos convertibles.