Otorgar el Título Honorífico “HEROE DEL TRABAJO DE LA REPUBLICA DE CUBA”, creado por el Decreto-Ley número 30 de 10 de diciembre de 1979, a los compañeros MIGDALIA RODRIGUEZ HERNANDEZ, ALFREDO CRUZ CONDE, BENERANDO R. ORTIZ PARDO y EUGENIA I. OLIVARES RIVERA en reconocimiento a su relevante y fructífera trayectoria laboral y social, y a los extraordinarios méritos alcanzados por ellos en el trabajo creador.