Otorga el Título Honorífico de “HÉROE DEL TRABAJO DE LA REPÚBLICA DE CUBA”, creado por el Decreto-Ley número 30 de 10 de diciembre de 1979, al compañero ABILIO C. PIEDRA TORRES en reconocimiento a su relevante y fructífera trayectoria revolucionaria, laboral y social, y a los extraordinarios méritos alcanzados en el trabajo creador.