Establece que el Consejo de Estado, rinda cuenta de su gestión en el próximo periodo ordinario de sesiones y la integración de la comisión que conozca del informe de la rendición de cuentas.
Aprueba las nuevas medidas que se proponen aplicar para garantizar la sostenibilidad de la recuperación económica y encarga el control y fiscalización sobre el cumplimiento de estas a las comisiones permanentes de trabajo de la Asamblea Nacional del Poder Popular.
Dicta el Reglamento para el Funcionamiento de las Comisiones del Plan Turquino-Manatí y de los Órganos de Atención a La Regiones Montañosas y sus Juntas Coordinadoras.