Pone en vigor las Indicaciones Metodológicas para la Concertación de Contratos de Compra-Venta de Importación de Mercancías utilizando los INCOTERMS Vigentes (1990) del Grupo o Categoría “C”.
Establece los valores referenciales mínimos para la compraventa y donación de vehículos de motor, remolques y semirremolques, según corresponda, a los efectos del pago de los Impuestos sobre los Ingresos Personales y sobre la Trasmisión de Bienes y Herencias.
Establece las disposiciones legales que deberán observar las entidades nacionales en la etapa de negociación y concertación de los contratos de compraventa que amparen la ejecución de importación de mercancías.
Todo movimiento de inmuebles, dentro del Sistema del Comercio Interior, será ejecutado conforme lo establece la Resolución No.42/01 del Ministro de Finanzas y Precios.
Fija los valores referenciales mínimos para la liquidación y pago de los impuestos sobre los Ingresos Personales y sobre la Trasmisión de Bienes y Herencias, asociados a los actos de compraventa y donación de vehículos de motor, remolques y semirremolques.
Mantiene vigente, por un año más, la Resolución No. 453, la cual define la Política Comercial en moneda nacional, con el objetivo de continuar obteniendo informaciones alrededor de su aplicación.
Modifica la Ley No. 73 Del Sistema Tributario, de fecha 4 de agosto de 1994, a los efectos de adicionar solicitudes de autorización y procedimientos relacionados con la vivienda.