Designa a ÁNGEL GUSTAVO SUÁREZ CORDERO en el cargo de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República de Cuba en la República de Guinea Ecuatorial, en sustitución de Zaid Malluly Díaz Medina, quien concluyó la misión
Designa a BELKYS LAY RODRÍGUEZ en el cargo de Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria de la República de Cuba en la República del Paraguay, en sustitución de Francisco Bartolomé Fernández Peña, quien concluyó la misión.
Dispone que ALFREDO FIDEL NIEVES PORTUONDO Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República de Cuba en la República de Kazajstán, se acredite también, como concurrente en Tayikistán.
Dispone que LEONARDO ENRIQUE LIMONTA JONES Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República de Cuba en la República de Democrática del Congo, se acredite también, como concurrente en la República Centroafricana.
Dispone que JUAN HUMBERTO MACÍAS PINO Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República de Cuba en la República de Uganda, se acredite también, como concurrente en Burundi.
Dispone que la Asamblea Municipal del Poder Popular de Manuel Tames, provincia de Guantánamo, proceda a la elección de un Diputado para cubrir un cargo vacante en la Asamblea Nacional del Poder Popular.
Dispone que la Asamblea Municipal del Poder Popular de Santiago de Cuba, provincia de Santiago de Cuba, proceda a la elección de un Diputado para cubrir un cargo vacante en la Asamblea Nacional del Poder Popular.
Dispone que la Asamblea Municipal del Poder Popular de Amancio, provincia de Las Tunas, proceda a la elección de un Diputado para cubrir un cargo vacante en la Asamblea Nacional del Poder Popular.
Dispone que la Asamblea Municipal del Poder Popular de Chambas, provincia de Ciego de Ávila, proceda a la elección de un Diputado para cubrir un cargo vacante en la Asamblea Nacional del Poder Popular.
Dispone que la Asamblea Municipal del Poder Popular de San Miguel del Padrón, provincia de La Habana, proceda a la elección de un Diputado para cubrir un cargo vacante en la Asamblea Nacional del Poder Popular.