Establece determinaciones para considerar a una persona sujeto víctima o sujeto activo en el tráfico ilícito de personas y ser enjuiciado penalmente o no en consecuencia.
Instruye sobre cuestiones relativas a la aplicación de la Ley No. 143 “Del Proceso Penal” a los procesos penales de los tribunales municipales y provinciales populares que se encuentren en tramitación y pendientes de resolución al momento de su entrada en vigor.
Aprueba la Ley No. 143, “Ley del Proceso Penal”, y el dictamen elaborado por la Comisión de Asuntos Constitucionales y Jurídicos de la Asamblea Nacional del Poder Popular.
Aprueba las Acciones de Comunicación que acompañan el Plan Gubernamental para la prevención y enfrentamiento de los delitos e ilegalidades que afectan a los recursos forestales, la flora y la fauna silvestre y otros recursos naturales.