Aprueba que en cada Tribunal Municipal Popular, se designará a uno o varios jueces profesionales, cuya labor fundamental consistirá en coordinar y controlar en la demarcación territorial correspondiente, el debido cumplimiento de las sanciones subsidiarias de la privación de libertad, remisión condicional de la sanción, medidas de seguridad predelictivas y beneficios de excarcelación condicionada, que las personas penalmente sancionadas o aseguradas deben cumplir en libertad, pero sujetas a determinadas obligaciones y limitaciones instituidas por la Ley.