Extingue la concesión de explotación denominada La Chivera, ubicada en el municipio y provincia de Santiago de Cuba, otorgada a la Empresa de Cemento José Mercerón.
Establece las regulaciones para la apertura y funcionamiento de Casitas Infantiles en empresas, unidades presupuestadas, cooperativas agropecuarias y no agropecuarias, empresas mixtas, organizaciones políticas, sociales o de masas.
Amplía la relación de productos alimenticios que pueden ser comprados por autogestión por las empresas, unidades empresariales de base, unidades básicas y establecimientos.
Las entidades empresariales estatales, sociedades mercantiles de capital totalmente cubano y las unidades básicas de producción cooperativa, acreedoras de cuentas por cobrar a clientes en pesos cubanos, quedan obligadas a constituir y mantener una Provisión para Cuentas Incobrables.
Aprueba el “Procedimiento para el sistema de relaciones financieras entre las empresas estatales, las sociedades mercantiles de capital ciento por ciento cubano y las organizaciones superiores de dirección empresarial, con el Estado”.
Establece la Norma Específica de Contabilidad No. 16 “Proformas de Estados Financieros Consolidados a nivel de empresas estatales, sociedades mercantiles de capital ciento por ciento cubano y organización superior de dirección empresarial; con contabilidad descentralizada a sus Unidades Empresariales de Base (UEB) autorizados a emitir estados financieros”.