Refiere que las solicitudes de autorización para la importación permanente de los vehículos automotores por parte de los técnicos extranjeros que prestan asistencia técnica en nuestro país, se envían a la que resuelve, avaladas por la firma de los Jefes de los Organos, Organismos, Organizaciones y demás Entidades Contratantes de la Asistencia Técnica y deberán ser presentadas antes del embarque del vehículo hacia Cuba.