Establece que los viajeros a su salida del país están obligados a declarar verbalmente ante la Aduana todo el tabaco torcido que lleven consigo o en el equipaje que lo acompañe.
Fija las tarifas a la población en pesos cubanos, para el servicio de transportación marítima en catamaranes entre los puertos de Batabanó y Gerona, y para el pago por exceso de equipaje.