Resolución 2 de 1996 de Ministerio de Finanzas y Precios

Identificador de norma: 
GOC-1996-078-O6
Resumen: 

La presentación del dictamen técnico de la revisión de los estados financieros por parte de las entidades obligadas se hará en un termina de ciento ochenta (180) dias posteriores a la terminación de su ejercicio económico, ante la Oficina Municipal de Administración Tributaria.     

Resolución 3 de 1996 de Ministerio de Finanzas y Precios

Identificador de norma: 
GOC-1996-069-O5
Resumen: 

Define las entidades que deben presentar a la Oficina de Administración Tributaria el dictamen de la revisión de sus Estados Financieros al cierre del ejercicio económico del año 1995.

Resolución 2 de 1996 de Ministerio de Finanzas y Precios

Identificador de norma: 
GOC-1996-068-O5
Resumen: 

La presentación del dictamen técnico de la revisión de los estados financieros por parte de las entidades obligadas se hará en un termina de ciento ochenta (180) dias posteriores a la terminación de su ejercicio económico, ante la Oficina Municipal de Administración Tributaria.

Resolución 6 de 2000 de Ministerio de Finanzas y Precios

Identificador de norma: 
GOC-2000 -237 -O20
Resumen: 

Dispone que para determinar la utilidad neta imponible las cooperativas de producción agropecuaria y las unidades básicas de producción cooperativa, dedicadas a la actividad cañera, deducirán del resultado obtenido en el estado financiero, las partidas autorizadas y establecidas.

Resolución 5 de 1998 de Ministerio de Finanzas y Precios

Identificador de norma: 
GOC-1998-231-O16
Resumen: 

Define y relaciona las entidades que deberán presentar, a la Oficina de Admistracion Tributaria correspondiente, el dictamen de la revisión de sus Estados Financieros al cierre del ejercicio económico del año 1997.

Resolución 105 de 1997 de Ministerio para la Inversión Extranjera y la Colaboración Económica

Identificador de norma: 
GOC-1998-94-O6
Resumen: 

Pone en vigor las disposiciones para la confección y presentación de la información sobre el resultado de las actividades y los Estados Financieros por parte de Concesionarios y Operadores de las zonas francas y parques Industriales.

Resolución 1 de 2001 de Ministerio de Auditoría y Control

Identificador de norma: 
GOC-2001-681-O39
Resumen: 

Reconoce a la Sociedad Civil de Servicios, Centro Internacional de La Habana S.A., capacidad legal y formal para emitir los dictámenes técnicos que sobre sus estados financieros están obligados a presentar las empresas privadas y mixtas.

Resolución 19 de 2001 de Ministerio de Justicia

Identificador de norma: 
GOC-2001-236-O13
Resumen: 

Autoriza la ampliación del objeto social de la sociedad civil de servicios "Centro Internacional de La Habana S.A." para prestar servicios de contabilidad, auditoría contable y certificación de estados financieros.

Resolución 346 de 2002 de Ministerio de Finanzas y Precios

Identificador de norma: 
GOC-2002-862-O41
Resumen: 

Establece las entidades que deben presentar el dictamen técnico de la revisión de sus Estados Financieros, perteneciente a cada año fiscal, emitido por auditores independientes organizados en las firmas autorizadas a tales efectos, en un término de ciento ochenta (180) días posteriores a la terminación de cada ejercicio económico.

Resolución 90 de 2002 de Ministerio de Finanzas y Precios

Estado: 
Identificador de norma: 
GOC-2002-239-O14
Resumen: 

Define las entidades que deben presentar el dictamen técnico de la revisión de sus Estados Financieros, perteneciente a cada año fiscal, emitido por auditores independientes organizados en las firmas autorizadas a tales efectos, en un término de ciento ochenta (180) días posteriores a la terminación de cada ejercicio económico.

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