Dispone el proceder de los médicos de los consultorios del Programa del Médico y Enfermera de la Familia cuando detectan en la población que atienden la existencia de madres, padres o tutores que tienen a su cargo tres o más niñas, niños o adolescentes de hasta 18 años de edad.
Establece reglas para procesos judiciales relacionados con las familias, y en los que intervienen personas que, por determinadas circunstancias, no pueden ejercer sus derechos plenamente, incluidos aquellos vinculados a víctimas menores de edad.