Establece que para los trabajadores que con 25 años o más de servicio, resulten declarados disponibles y no puedan vincularse al empleo y alcancen en el transcurso de cinco años el requisito establecido por la Ley, para el incremento gradual de la edad de jubilación, se elimine el requisito de exigir vínculo laboral para acceder a la pensión por edad, al igual que sus familiares con derecho a solicitar la pensión por causa de muerte, entre otras cuestiones relativas al asunto.