Establece las disposiciones técnicas que regulan el uso del espectro radioeléctrico en la utilización de equipos con aplicaciones Industriales, Científicas y Médicas, que emplean energía radioeléctrica en su funcionamiento.
Los límites de valores máximos permitidos de Potencia de las Emisiones No Esenciales procedentes de los Equipos Radioeléctricos que pueden ser operados por personas naturales y jurídicas, se establecen en el Anexo Único de la presente Resolución.