Gaceta Oficial No. 30 Ordinaria de 2003

Tipo de Edición: 
Fecha: 
05/08/2003
Número: 
30

Resolución 28 de 2003 de Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente

Identificador de norma: 
GOC-2003-487-O30
Resumen: 

Designa a la Ing. Angelina Díaz García, Presidenta de la Agencia de Energía Nuclear y Tecnologías de Avanzadas, como Presidenta de la Comisión Nacional de Categorías de Especialización en Tecnologías de Avanzada.

Resolución 369 de 2003 de Ministerio de la Construcción

Identificador de norma: 
GOC-2003-488-O30
Resumen: 

Autoriza la Renovación de la Licencia solicitada por la Empresa de Investigaciones y Proyectos Hidráulicos de Camagüey, del Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos en la propia provincia, en el Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba.

Resolución 370 de 2003 de Ministerio de la Construcción

Identificador de norma: 
GOC-2003-489-O30
Resumen: 

Autoriza la Renovación de la Licencia solicitada por la Empresa de Proyectos de Arquitectura e Ingeniería de Matanzas, del Ministerio de la Construcción en la propia provincia, en el Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba.

Resolución 112 de 2003 de Ministerio de la Industria Básica

Identificador de norma: 
GOC-2003-490-O30
Resumen: 

Fija en todo el territorio nacional, los precios correspondientes a la Subrama 07.04.00 “Abastecimiento Técnico Material”, de la empresa ELF Gas Cuba S.A.,

Resolución 115 de 2003 de Ministerio de la Industria Básica

Identificador de norma: 
GOC-2003-491-O30
Resumen: 

Aprueba y pone en vigor el REGLAMENTO PARA LA PROTECCION AMBIENTAL EN LA ACTIVIDAD PETROLERA DE EXPLORACION PRODUCCION.

Resolución 17 de 2003 de Aduana General de la República

Identificador de norma: 
GOC-2003-492-O30
Resumen: 

Modifica el numeral 1 del Anexo No. 4 de la Resolución No. 15/1995, estableciéndose que las Unidades del Sistema de Organos Aduaneros aplicarán para el cobro de los Servicios de Aduana por el Despacho de Entrada de Yates, una tarifa única para horario laboral y extralaboral en Moneda Libremente Convertible, mediante el cobro de veinte dólares  o veinte euros.