Traslada por necesidad de la producción al compañero Vicente Antonio de La O Levy, del cargo de Viceministro de la Industria Sidero Mecánica para Director de la Unión Eléctrica del Ministerio de la Industria Básica.
Modifica el Acuerdo del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, No. 5122 para control administrativo, en el punto 7 “PREMIO IMAGEN DE CRISTAL” , aprobando que el monto total para los premios en metálico del referido Premio, sea de 8 000.00 CUP.
Crea la unidad presupuestada denominada Centro de Aplicaciones Tecnológicas para el Desarrollo Sostenible, subordinado a la Delegación Territorial de Guantánamo del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente.
Establece con carácter obligatorio la Norma Técnica Ramal "Granos y Harinas. Detección Rápida de Aflatoxina", para el Ministerio de la Industria Alimenticia, sus empresas y demás dependencias.
Establece con carácter obligatorio la Norma Técnica Ramal "Harina de Maíz. Especificaciones de Calidad", para el Ministerio de la Industria Alimenticia, sus empresas y demás dependencias.
Establece con carácter obligatorio la Norma Técnica Ramal "Harina de Trigo. Especificaciones de Calidad", para el Ministerio de la Industria Alimenticia, sus empresas y demás dependencias.
Establece con carácter obligatorio la Norma Técnica Ramal "Productos Horneados. Determinación del Volumen Específico. Método de Ensayo", para el Ministerio de la Industria Alimenticia, sus empresas y demás dependencias.
Establece con carácter obligatorio la Norma Técnica Ramal "Sémola de Trigo. Especificación de Calidad ", para el Ministerio de la Industria Alimenticia, sus empresas y demás dependencias.
Establece con carácter obligatorio la Norma Técnica Ramal "Trigos. Determinación de Cenizas. Método de Ensayo ", para el Ministerio de la Industria Alimenticia, sus empresas y demás dependencias.
Establece con carácter obligatorio la Norma Técnica Ramal "Trigos. Determinación de Farinograma. Método de Ensayo", para el Ministerio de la Industria Alimenticia, sus empresas y demás dependencias.
Establece con carácter obligatorio la Norma Técnica Ramal "Trigo. Determinación de Impurezas. Método de Ensayo", para el Ministerio de la Industria Alimenticia, sus empresas y demás dependencias.
Establece con carácter obligatorio la Norma Técnica Ramal "Trigo. Determinación de Peso Hectolitro (ISO 7971). Método de Ensayo", para el Ministerio de la Industria Alimenticia, sus empresas y demás dependencias.
Establece con carácter obligatorio la Norma Técnica Ramal "Trigo. Determinación de Proteínas. Método de Ensayo", para el Ministerio de la Industria Alimenticia, sus empresas y demás dependencias.
Establece con carácter obligatorio la Norma Técnica Ramal "Trigo. Determinación de Masa de 1000 granos. Método de Ensayo", para el Ministerio de la Industria Alimenticia, sus empresas y demás dependencias.
Establece con carácter obligatorio la Norma Técnica Ramal "Helado listo para el consumo y mezclas para helados. Determinación del contenido de materia grasa. Método de rutina", para el Ministerio de la Industria Alimenticia, sus empresas y demás dependencias.
Establece con carácter obligatorio la Norma Técnica Ramal "Sofrito. Especificaciones de Calidad ", para el Ministerio de la Industria Alimenticia, sus empresas y demás dependencias.
Establece con carácter obligatorio la Norma Técnica Ramal "Ensalada de Hortalizas Encurtidas. Especificaciones de Calidad", para el Ministerio de la Industria Alimenticia, sus empresas y demás dependencias.
Establece con carácter obligatorio la Norma Técnica Ramal "Horchata. Especificaciones de Calidad ", para el Ministerio de la Industria Alimenticia, sus empresas y demás dependencias.
Establece con carácter obligatorio la Norma Técnica Ramal "Pulpa de Tamarindo. Especificaciones de Calidad ", para el Ministerio de la Industria Alimenticia, sus empresas y demás dependencias.
Autoriza a la entidad Palacio de las Convenciones, para que actúe como Agencia de Aduanas, a nombre y en representación de la mencionada entidad en su condición de importadora.
Modifica el apartado primero de la resolución No. 23, el cual autoriza a la entidad Agencia Aduanaly Transitaria CUTISA, S.A. para operar el Depósito Temporal Interior.