Modifica los apartados 1ro y 3ro de la Resolución 23/1997, que dispone el pago en moneda nacional del Impuesto sobre Documentos relativo a los trámites migratorios y de la Tasa por la Prestación de los Servicios a Aeropuertos a Pasajeros.
Pone en vigor para las entidades estatales los procedimientos estableciendo la obligación de realizar conteos físicos de los activos fijos tangibles y de bienes materiales en general.
Exime, a las entidades cedentes de personal para laborar temporalmente en las microbrigadas, por los trabajadores cedidos a éstas, del pago del Impuesto por la Utilización de la Fuerza de Trabajo.
Pone en vigor el Procedimiento para la tramitación y aprobación de exenciones o bonificaciones arancelarias a mercancías de importación definitiva o eventual.