Dispone que los órganos y organismos del Estado, las organizaciones superiores de Dirección, las organizaciones y asociaciones y otras entidades que mantienen vínculos con el Presupuesto del Estado, confeccionen y presenten al Ministerio de Finanzas y Precios, como parte del proceso de ejecución, control y liquidación de sus presupuestos anuales notificados, los modelos generales, con cierre en el período de que se trate, contenidos en la Metodología General para el Análisis y Evaluación de la Ejecución y Liquidación del Presupuesto del Estado