Pone en vigor los “Lineamientos e Indicaciones Generales a cumplimentar por las entidades constituidas con capital cubano en materia de marcas comerciales".
Modifica determinados preceptos de la Resolución 6/1998, referida a vincular la evaluación del trabajo de los técnicos con los resultados de la unidad donde laboran.
Establece como requisito para los buques de travesía que se dirijan al puerto cubano procedentes del extranjero, la presentación adelantada del manifiesto de la carga.
Pone en vigor las normas para la Admisión Temporal de Mercancías para su Reexportación en el mismo estado y Exportación Temporal de Mercancías para su Reimportación en el mismo estado.