Dispone que ORLANDO HERNANDEZ GUILLEN, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República, se acredite, también, ante el Gobierno de la Comunidad de Australia, en sustitución de ERNESTO MELENDEZ BACHS, quien concluye su misión.
Dispone que MIGUEL ANGEL RAMIREZ RAMOS, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República, se acredite, también, ante el Gobierno del Reino de Tonga.
Establece que todo producto de construcción tradicional, para ser utilizado en el país, tiene que estar evaluado y poseer su correspondiente Dictamen Técnico, lo cual será introducido de forma paulatina por tipos de productos, y aprueba el reglamento para el otorgamiento de dicho dictámen.
Autoriza la Renovación de la Licencia solicitada por la Empresa Constructora de Obras de Ingeniería No. 26 “Campaña de Las Villas”, del Ministerio de la Construcción en la provincia de Villa Clara, en el Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba.
Refiere que las entidades de seguros interesadas en realizar la transferencia de carteras, formularán, en forma conjunta, su solicitud a esta superintendencia.
Aprueba la propuesta presentada por la Empresa de Telecomunicaciones de Cuba S.A., ETECSA, de las tarifas para el servicio de hospedaje de sitio WEB a sus clientes, Virtual Hosting, en los servidores de su Unidad de Negocios.
Dispone la apertura y puesta en funcionamiento del Registro Mercantil Territorial en la provincia de Matanzas con jurisdicción y competencia en esta provincia.
Dispone la apertura y puesta en funcionamiento del Registro Mercantil Territorial en la provincia de Pinar del Río con jurisdicción y competencia en esta provincia.
Dispone la apertura y puesta en funcionamiento del Registro Mercantil Territorial en la provincia de La Habana, con jurisdicción y competencia en esta provincia.
Con fecha 3 de noviembre del 2003, le ha sido concedido a la señora Arsenia María Tejeda, el Exequátur de Estilo, para ejercer las funciones de Vicecónsul de la República Dominicana en La Habana, con jurisdicción en todo el territorio nacional.
Establece que los conductores de vehículos de tracción humana y animal, poseedores de la Licencia de Operación de Transporte, o que formulen solicitud para el otorgamiento de ésta, deberán cursar y aprobar el curso de preparación teórico y práctico sobre la Ley No. 60 “Código de Vialidad y Tránsito”.
Pone en vigor las Normas para el Despacho Aduanero de las Mercancías por Soporte Magnético u Óptico, a través del Sistema Automatizado de Despacho de Mercancías (SADEM).