Autoriza la renovación de la Licencia en el Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, a la firma italiana MEGO, S.R.L
Autoriza la renovación de la Licencia en el Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, a la firma mexicana OPERADORA DE COMERCIO UNIVERSAL, S.A de C.V., (OCUSA).
Autoriza la renovación de la Licencia en el Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, a la firma panameña GERMAN-TEC, S.A.
Autoriza la renovación de la Licencia en el Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, a la firma de Islas Vírgenes Británicas ACEPEX MANAGEMENT, S.A.
Autoriza la inscripción de la sociedad mercantil cubana REPRESENTACIONES PLATINO, S.A., en el Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, para actuar como Agente de la compañía española GESTURONA, S.L.
Autoriza la renovación de la Licencia en el Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, a la firma española ABANICOS FOLGADO S.L.
Autoriza la renovación de la Licencia en el Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, a la firma española MUTAUTO AMERICA, S.L.
Deniega la solicitud de renovación de la Licencia en el Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, a la firma canadiense MOTZ INTERNATIONAL INDUSTRIES LTD.
Autoriza la renovación de la Licencia en el Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, a la firma portuguesa SUNCARIBE GESTAO O INVESTIMENTOS HOTE-LEIROS, S.A.
Deniega la inscripción de la firma panameña M & D TRADING, S.A., en el Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras.
Se exceptúa a la Empresa Importadora de Abastecimiento Técnico (EMIAT) del pago de los servicios de aduanas en relación a la importación del equipo de inspección de Rayos X para Contenedores, Modelo THSCAN MT 1213L.
Refiere que el Jefe de la Unidad Nacional de Decomisos Aduaneros y los Jefes de Aduanas, dirigirán y controlarán el destino de las mercancías decomisadas y declaradas en abandono por la Aduana General de la República, a favor del Estado.