Aprueba que las tarifas que la Empresa de Telecomunicaciones de Cuba S.A., acuerde con entidades del país, autorizadas a establecer áreas de Internet a usuarios finales, no sobrepasen los 12 CUC la hora, teniendo en cuenta diversos aspectos como categoría que ostentan dichas instalaciones, velocidad del servicio de acceso y otros factores a considerar.