Exime del pago de los derechos de aduanas por la importación de los productos que importen los diferentes grupos que conforman estrategias de comunicación del destino Cuba, promocionados por el MINTUR, con el fin de ser utilizadas en una exposición, feria, congreso o manifestación similar de carácter comercial, técnico, religioso, educativo, científico, cultural o filantrópico.