Otorga la licencia a la Empresa de Telecomunicaciones de Cuba (ETECSA), para desarrollar en el territorio nacional las actividades establecidas en el Artículo 19 del Decreto-Ley No.
Cancela la licencia otorgada mediante la resolución No. 14 de fecha 11 de abril de 2002, del Ministro Presidente del Banco Central de Cuba, a la institución financiera Compañia Financiera S.A, deroga la referida disposición legal y otorga nueva licencia a la Compañía Financiera S.A para desarrollar todas aquellas actividades previstas para las instituciones financieras no bancarias.
Cancela la licencia otorgada mediante la Resolución No. 223 de 17 de junio de 2008, del ministro presidente del Banco Central de Cuba, a la oficina de representación Caribbean Tulip Finance INC.
Cancela la licencia otorgada mediante la Resolución No. 84, de fecha 14 de junio de 2017, del Ministro Presidente del Banco Central de Cuba, a la institución financiera FINATUR S.A., y en consecuencia derogar la referida disposición legal.
Cancela la licencia otorgada mediante la Resolución No. 1 de 11 de febrero de 2010 del ministro presidente del Banco Central de Cuba, a la institución financiera no bancaria FINEXIM S.A y en consecuencia derogar la referida disposición legal.
Cancela la licencia otorgada mediante la Resolución No. 83 de 14 de junio de 2017 del Ministro Presidente del Banco Central de Cuba, a la institución financiera no bancaria FIMEL S.A y en consecuencia deroga la referida disposición legal; y otorga nueva licencia a FIMEL S.A para desarrollar en el territorio nacional las actividades de intermediación financiera establecidas en el Artículo 14 del Decreto-Ley No. 362 "De las instituciones del Sistema Bancario y financiero" de 14 de septiembre de 2018.
Cancela la licencia otorgada mediante la Resolución No. 19 de 4 de noviembre de 1997, del Ministro Presidente del Banco Central de Cuba, a la institución financiera no bancaria RAFIN S.A y en consecuencia deroga la referida disposición legal; y otorga nueva licencia a RAFIN S.A para desarrollar en el territorio nacional las actividades de intermediación financiera establecidas en el Artículo 14 del Decreto-Ley No. 362 "De las instituciones del Sistema Bancario y financiero" de 14 de septiembre de 2018, por tiempo no definido.