Establece el uso obligatorio de la Norma ST.26 de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual, para las solicitudes de patentes de invención que incluyan secuencias de nucleótidos o aminoácidos.
Actualiza las vías de notificación de los trámites de las modalidades de marcas y otros signos distintivos a partir del desarrollo alcanzado en las tecnologías de la información y la comunicación.
Pone en vigor los “Lineamientos e Indicaciones Generales a cumplimentar por las entidades constituidas con capital cubano en materia de marcas comerciales".