Aprueba el procedimiento para que las filiales municipales del Instituto Nacional de Seguridad Social y las direcciones de Trabajo municipales del Poder Popular que correspondan, asuman el pago de la licencia retribuida pre y postnatal por maternidad a la trabajadora declarada disponible a partir del 4 de enero de 2011, que no puede ser reubicada y, al momento de causar baja de la entidad, demuestra que se encuentra en estado de gestación.