Resolución 60 de 2024 de Aduana General de la República

Identificador de norma: 
GOC-2024-194-EX13
Resumen: 

Suspende, de la Resolución 176 de 2022, la aplicación del Anexo Único, que establece la tabla para determinar la valoración por el peso y liquidación del impuesto aduanero a los productos que clasifiquen como alimentos y aseo, así como los que se identifiquen como medicamentos e insumos médicos que sean importados sin fin comercial por personas naturales mediante envíos marítimos, aéreos y postales hasta los límites y valores establecidos en esta y en su lugar aplicar lo estipulado en la presente Resolución.

Resolución 105 de 2024 de Ministerio de Salud Pública

Identificador de norma: 
GOC-2024-193-EX13
Resumen: 

Autoriza excepcionalmente, sin carácter comercial, exento del pago del Impuesto aduanero y de forma temporal hasta el 30 de junio de 2024, la importación en envases originales de medicamentos e insumos médicos.

Resolución 94 de 2024 de Ministerio de Finanzas y Precios

Identificador de norma: 
GOC-2024-191-EX13
Resumen: 

Autoriza excepcionalmente y con carácter temporal hasta el 30 de junio de 2024, la importación sin carácter comercial, sin límites en su valor y exenta del pago del Impuesto Aduanero de alimentos, aseo, medicamentos e insumos médicos, por la vía de pasajeros como equipaje acompañado.

Resolución 373 de 2023 de Aduana General de la República

Identificador de norma: 
GOC-2023-1063-EX92
Resumen: 

Suspende durante el plazo que extingue el 31 de marzo de 2024, la aplicación de lo dispuesto en las Resoluciones 175 y 176, ambas emitidas por la autoridad que suscribe el 23 de julio de 2022, a los productos que clasifiquen como alimentos y aseo, así como a los que se identifiquen como medicamentos e insumos médicos que sean importados sin fin comercial como equipaje acompañado y no acompañado de los pasajeros y por las personas naturales como envíos, cuyas cantidades se admiten en correspondencia con la exención de pago de aranceles dispuesta por el titular del Ministerio de Finanzas y Pr

Resolución 445 de 2023 de Ministerio de Salud Pública

Estado: 
Identificador de norma: 
GOC-2023-1059-EX92
Resumen: 

Autoriza excepcionalmente, sin carácter comercial, exenta del pago del Impuesto aduanero y de forma temporal hasta el 31 de marzo de 2024, la importación en envases originales de medicamentos, así como de los insumos médicos.

Resolución 280 de 2023 de Ministerio de Finanzas y Precios

Identificador de norma: 
GOC-2023-1057-EX92
Resumen: 

Autoriza excepcionalmente y con carácter temporal hasta el 31 de marzo de 2024, la importación sin carácter comercial, sin límites en su valor y exenta del pago del Impuesto aduanero de alimentos, aseo, medicamentos e insumos médicos, por la vía de pasajeros como equipaje acompañado.

Resolución 9 de 2002 de Ministerio de Salud Pública

Identificador de norma: 
GOC-2002-388-O17
Resumen: 

Aprueba y pone en vigor el REGLAMENTO PARA EL CONTROL DE IMPORTACIONES DE MATERIAS PRIMAS, MEDICAMENTOS DE USO HUMANO, DIAGNOSTICADORES, COSMÉTICOS Y ARTÍCULOS DE USO PERSONAL O DOMESTICO DE ORIGEN ANIMAL O QUE CONTENGAN COMPONENTES DE ESTE ORIGEN.

Instrucción 11 de 2002 de Ministerio de Finanzas y Precios

Identificador de norma: 
GOC-2002-237-O14
Resumen: 

Aprueba la metodología para la aplicación de las contravenciones personales por la violación de las regulaciones en materia de precios minoristas en la comercialización de productos y medicamentos en las farmacias.

Resolución 18 de 2002 de Ministerio de Finanzas y Precios

Estado: 
Identificador de norma: 
GOC-2002-87-O7
Resumen: 

Relacionada con el Impuesto sobre las Ventas que pagan las unidades o establecimientos provinciales que pertenecen a las empresas FARMACUBA y ENSUME.

Resolución 148 de 2023 de Aduana General de la República

Identificador de norma: 
GOC-2023-562-EX47
Resumen: 

Suspende de manera temporal durante plazo que extingue el 31 de diciembre de 2023, lo dispuesto en la Resolución 175 de la Aduana General de la República, que establece las “Reglas para las importaciones no comerciales que realizan las personas naturales”, a los productos que clasifiquen como alimentos y aseo, así como los que se identifiquen como medicamentos e insumos médicos que sean importados sin fin comercial como equipaje acompañado de los pasajeros, los que se admiten sin límite de cantidades.

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