Aprueba el Régimen Especial Tributario aplicar a las entidades pertenencientes al sector agropecuario subordinadas a los ministerios de las Fuerzas Armadas Revolucionarias y del Interior.
Autoriza, de forma excepcional, a los mercados agropecuarios que reúnan las condiciones de organización, control y otras, a crear el Área Estatal, como una acción de protección al consumidor.
Faculta a los Directores Provinciales de Comercio, para que emitan las autorizaciones que permitan comprar y vender a la población productos agropecuarios , en aquellas entidades del comercio minorista enclavadas en zonas rurales donde no existan Mercados Agropecuarios.
Dispone dar facilidades a las entidades CPA, UBPC y CCS que estimule su concurrencia a los mercados agropecuarios de oferta y demanda, correspondiente al Sistema del Ministerio del Comercio Interior.
Establece las regulaciones que posibilitan el pago del Impuesto sobre las Ventas por las personas jurídicas que concurran como vendedores a los mercados agropecuarios subordinados administrativamente al Ministerio de la Agricultura y comercialicen sus productos a precios inferiores o iguales a los máximos autorizados por los Consejos de Administración de las asambleas provinciales o municipales del Poder Popular
Extiende el beneficio concedido por la Resolución No. 174/2004, a las personas naturales y jurídicas que concurran como vendedores a los mercados agropecuarios estatales subordinados administrativamente al Ministerio de la Agricultura.
Extiende el beneficio concedido por la Resolución No. 174 de fecha 25 de junio de 2004, a las personas naturales y jurídicas que concurran como vendedores a los mercados agropecuarios estatales, para los cuales los consejos de la Administración de las asambleas provinciales o municipales del Poder Popular fijan precios máximos, hasta el 31 de diciembre del 2004.
Extiende hasta el 31 de octubre del 2004, el período de vigencia de la bonificación del Impuesto sobre las Ventas, a las personas naturales y jurídicas, que concurran como vendedores a los mercados agropecuarios estatales.