Establece los lineamientos organizativos y de control del sistema para la elaboración, ejecución y control del plan de continuidad de estudios para los graduados de 6to, 9no y 12mo grados que no tienen acceso a la educación superior.
Aprueba los calendarios escolares que regirán durante el curso escolar 2008-2009 para cada una de las educaciones en los centros pertenecientes al Ministerio de Educación y de los demás organismos de la Administración Central del Estado que tienen formación completa.
Aprueba el Plan de Estudio para los estudiantes de los Institutos Preuniversitarios Vocacionales de Ciencias Pedagógicas, el cual surtirá efectos a partir del curso escolar 2008-2009.