Establece una cuota de captura máxima permisible de seiscientas cincuenta y cinco (655) toneladas para la biajaba (Lutjanus synagris) en el Golfo de Batabanó para el período comprendido entre el 1ro de mayo al 31 de julio de 2019, quedando obligadas las empresas a detener la pesquería dirigida a esta especie una vez alcanzada dicha cifra.
Autoriza a la Empresa Pesquera Industrial de Granma la pesquería diurna de camarón blanco en las zonas I y II del Golfo de Guacanayabo hasta el 30 de junio de 2019.
Establece requisitos tecnológicos a cumplir en la producción, con destino a la exportación y al mercado nacional, de rones cubanos con clasificación y sin clasificación.
Inicia la campaña de pesca para el camarón rosado a partir del 3 de enero de 2019 hasta el 30 de junio de 2019 en las Empresas Pesqueras Industriales de Ciego de Avila, Santa Cruz del Sur, de Cienfuegos y Granma
Establece requisitos tecnológicos a cumplir en la producción, con destino a la exportación y al mercado nacional, de rones cubanos con clasificación y sin clasificación.
Nota: De esta norma jurídica fue publicada una copia corregida en la edición Ordinaria No. 18 de fecha 05/03/2019