Dispone la inscripción en la Sección de Moneda Nacional en el Registro Central Comercial, de las entidades que realizan actividades comerciales rectoradas por el Ministerio del Comercio Interior.
Aprueba las indicaciones para la comercialización de productos de la canasta familiar normada, las dietas médicas y otros programas priorizados por el Ministerio del Comercio Interior y para el trabajo de las oficinas del Registro de Consumidores en el escenario de la unificación monetaria.
Aprueba las tarifas para los servicios técnicos del programa de ahorro energético que se prestan a la población y establece los precios de las piezas de repuesto del programa de ahorro energético.
Aprueba la lista oficial de tarifas y precios minoristas para los servicios personales seleccionados de barbería y peluquería, atelier, de lavado, secado y planchado de ropa, reparaciones y adaptaciones de calzado ortopédico.
Establece los precios minoristas en pesos cubanos, de los materiales de construcción y otros materiales para la reparación y conservación de viviendas.
Establece la captación del diferencial de precios por las ventas minoristas por los grupos empresariales de Comercio y las empresas de Comercio de Artemisa, Mayabeque y el municipio especial Isla de la Juventud.
Establece las tasas máximas de margen comercial en pesos cubanos a aplicar por las empresas circuladoras nacionales y provinciales subordinadas al Grupo de Empresas Mayoristas de Productos Alimenticios y Otros Bienes de Consumo y al Grupo Comercializador de Productos Industriales y de Servicios.