Identificador de norma: 
GOC-2007-389-O34
Resumen: 

Establece que los jefes de órganos y organismos del Estado y de las entidades nacionales decidirán los niveles de aprobación de los movimientos de Activos Fijos Tangibles para sus entidades y para las que se le subordinan y las patrocinadas, tanto para los movimientos que se realicen dentro de las entidades, como fuera de ellas.

Número: 
87
Año: 
2007
Palabras Claves: 
Estado: 
Anotada y concordada: 
No
Norma que la deroga: 
No existen referencias de normas