Modifica las facultades otorgadas a las autoridades pertinentes para imponer sanciones administrativas y limitar el alcance y competencia y deja establecida la via administrativa para la declaración y aceptación del abandono de mercancias.
Todo buque extranjero que visite nuestros puertos puede ser inspeccionado por los Inspectores nombrados por la dirección de Seguridad e Inspección Marítima.
Establece una cuota mínima mensual en pesos cubanos convertibles a cuenta del impuesto de grava a los ingresos obtenidos por todas las actividades del trabajo por cuenta propia.
Establece los lineamientos organizativos y de control del sistema para la elaboración, ejecución y control del plan de continuidad de estudios para los graduados de 6to, 9no y 12mo grados que no tienen acceso a la educación superior.
Son sujetos de Impuesto por la Utilización de la Fuerza de Trabajo, de acuerdo con lo legalmente establecido, las personas naturales y juridicas, cubanas o extranjeras ue para el desarrollo de sus actividades utilicen fuerza de trabajo asalariada.
Modifica la cuantía de la tasa por servicios de aeropuertos a pasajeros al equivalente de quince 15.00 pesos para todos los aeropuertos habilitados al efecto.