Establece el procedimiento para el pago del Impuesto sobre los Ingresos Personales de los representantes de los productores agrícolas, pecuarios y avícolas en general, que acuden al Mercado Agropecuario.
La presentación del dictamen técnico de la revisión de los estados financieros por parte de las entidades obligadas se hará en un termina de ciento ochenta (180) dias posteriores a la terminación de su ejercicio económico, ante la Oficina Municipal de Administración Tributaria.
La presentación del dictamen técnico de la revisión de los estados financieros por parte de las entidades obligadas se hará en un termina de ciento ochenta (180) dias posteriores a la terminación de su ejercicio económico, ante la Oficina Municipal de Administración Tributaria.
Establece el procedimiento para el pago del Impuesto sobre los Ingresos Personales de las personas naturales que obtengan ingresos de las actividades mercantiles relacionadas con el servicio de transportación de carga y pasajeros.
Dispone el pago del componente en MLC de la tarifa vigente para la manipulación portuaria de los productos alimenticios fertilizantes, materias primas para fertilizantes que se reciban a granel.