Establece la modificación del Decreto Ley 252, "Sobre la continuidad y el fortalecimiento del Sistema de Dirección y Gestión Empresarial Cubano", de 7 de agosto de 2007.
Establece que en dependencia de las condiciones técnicas organizativas del proceso de producción o servicios; de las posibilidades de control y medición de los gastos y de los resultados del trabajo en el sistema empresarial se aplican las formas de pago por rendimiento o a tiempo.
Modifica la Resolución No. 244, de fecha 13 de junio de 2013, donde se estableció el Procedimiento para el otorgamiento de los estímulos por la eficiencia económica a los trabajadores, por los resultados obtenidos a partir del año 2012.
Refiere que las Juntas de Gobierno y los órganos y organismos a los que se subordinan las entidades empresariales estatales que aplican el Perfeccionamiento Empresarial y no tienen Junta de Gobierno, presentan al Grupo Ejecutivo de Perfeccionamiento Empresarial las propuestas para la creación de reservas voluntarias a partir de las utilidades después del pago del Impuesto sobre Utilidades.
Refiere el tratamiento laboral y salarial para los trabajadores que resulten disponibles en las empresas y grupos empresariales autorizados a aplicar el Perfeccionamiento Empresarial.
Modifica el Decreto No. 281 de 7 de agosto de 2007, que establece el "Reglamento para la implantación y consolidación del Sistema de Dirección y Gestión Empresarial".
Modifica el Decreto-Ley No. 252 de 7 de agosto de 2007, “Sobre la continuidad y el fortalecimiento del Sistema de Dirección y Gestión Empresarial cubano” en su artículo 3 inciso g)
Actualiza el el procedimiento de otorgamiento de los avales del estado actual de la contabilidad por parte de las unidades de Auditoría de los órganos y organismos de la Administración Central del Estado, de las entidades nacionales y de los consejos de la Administración Provincial y del municipio especial Isla de la Juventud a sus entidades subordinadas, que aspiran a comenzar el proceso de Perfeccionamiento Empresarial.