Aplica el procedimiento establecido por la Resolución No. 617/2003, con las modificaciones que se introducen, a las permutas que se promuevan sólo en algunos territorios, a partir del día 24 de octubre y hasta el 31 de diciembre del año en curso.
Aprueba el Procedimiento para la autorización de Permutas y Compraventas de viviendas ubicadas en la Zona Especial de Desarrollo Ariguanabo y en las que en el futuro se aprueben.
Establece las normas que fortalecen la participación de los notarios, como fedatarios públicos, en los actos de transmisión de dominio que formalicen como resultado de las permitas de inmuebles.
Establece las regulaciones sobre el trámite a seguir para la compensación en los casos de permutas, y el pago total de la compraventa de viviendas en las sucursales de los Bancos Metropolitanos S.A.; Banco Popular de Ahorro y Banco de Crédito y Comercio.